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LEYES - La propiedad en proindiviso

José Fdez. del Moral

«Amistad con todos, comunidad con ninguno». Así reza un viejo dicho jurídico que denota lo complicadas que se consideran las relaciones entre personas propietarias de un bien común.


Como buen aforismo que es, no deja de ser una generalización con muchísimas excepciones, pero hay que reconocer que las situaciones de propiedades conjuntas suelen ser fuente de problemas desagradables, más aún cuando a los copropietarios les unen lazos familiares, como a menudo ocurre.
 
Un bien está en proindiviso cuando pertenece a varias personas. Cada copropietario es dueño de un porcentaje del bien, pero su parte no está concretada en un trozo determinado, sino que simplemente es titular de un tanto por ciento del conjunto del bien.
 

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